jueves, 19 de septiembre de 2013

DERECHOS DE AUTOR. CRESTOMATIA, REPRODUCCIONES DE ITUNES:


TIPOS DE DERECHOS DE AUTOR
La Ley clasifica el contenido del Derecho de Autor en dos clases de derechos, los patrimoniales o de explotación, y los morales, acerca de los cuales define lo siguiente:


Derechos morales
Son derechos no económicos, personales, sobre el recurso:

• Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si publica (divulga) su obra (recurso) o no, y en qué forma lo hará.

• Derecho de Paternidad: Derecho de exigir la paternidad, reconocimiento como autor del recurso.

• Derecho de Revelación y Ocultación: El autor puede decidir divulgar una obra con su nombre, con un seudónimo (nick) o signo, o de forma anónima. Esto no quiere decir que renuncie a la autoría de la obra.

• Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor. En un entorno como la Web, este derecho cobra especial importancia, debido a la facilidad con la que se pueden manipular y deformar los recursos electrónicos.

• Derecho de Arrepentimiento y Modificación: Derecho del autor de retirar la obra del Medio, o modificarla. 

Derechos Patrimoniales.
Los Derechos Patrimoniales o de Explotación representan el derecho del autor de beneficiarse económicamente de su producción intelectual:

• Derecho de Reproducción: El autor puede obtener beneficio económico de las reproducciones o copias que se realicen de su obra o recurso. Reproducir o copiar un recurso sin consentimiento del autor es ilegal.

•  Derecho de Distribución: Puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo, o de cualquier otra forma.

• Derecho de Comunicación Pública: La comunicación pública es todo un acto por el que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. La discusión en este sentido sería, ¿puede considerarse la publicación web como Comunicación Pública?

• Derecho de Transformación: Derecho del autor para autorizar y obtener una remuneración por las transformaciones que se hagan sobre la obra, como por ejemplo las traducciones.

  •  procesos:

 son distintos a los legales, las empresas acostumbran probar los productos y servicios que han diseñado y ponderar el efecto positivo en la venta antes que pensar en registrar su marca y solo si lo ofrecido ha tenido éxito es que consideran el registro de su marca, el problema surge de la discrepancia entre la necesidad del comerciante y lo estipulado por la Ley, originando así sanciones por infracciones por uso de marcas con grado de confusión y en el peor de los casos de marcas idénticas ya registradas, en cuyo caso no solo serán acreedores a una sanción económica, sino hasta la pérdida de sus inversiones iniciales. El tema no es exclusivo de empresas pequeñas y medianas, también las empresas extranjeras sufren del mismo padecimiento aunque en diferentes proporciones, cuando se filtra la noticia de que una corporación famosa lanzará un nuevo producto la expectación en sus consumidores se transforma en una noticia viral al grado de llegar a los “especuladores de marcas” que no son otra cosa más que mercantilistas de signos distintivos que aprovechan el factor de la anticipación para obtener el registro de la marca, estas iniciativas generalmente provienen de comerciantes asesorados por estudiantes de derecho, se lee sencillo, sin embargo para la legislación mexicana que no conoce de especuladores comerciales tendrá la misma validez si la marca proviene de una corporación con renombre a que si proviene de mercantilistas, en este sentido será un reto obtener la nulidad del registro de la marca del solicitante que se anticipó.

  • La crestomatía 



es el género literario que consiste en una selección de los mejores fragmentos de una obra literaria, autor, autores, una época, un género literario o una literatura, a fin de darse una idea cabal del mérito y valor de estos. Esta denominación fue dada por primera vez por Helladius en el siglo IV a un conjunto de trozos literarios griegos muy selectos, y en el siglo siguiente, por Procopio de Cesarea. Desde el siglo XVI se multiplicaron las crestomatías, pero con un uso más didáctico, porque eran destinadas en especial a los estudiantes que necesitaban ejercitarse en la traducción de una lengua mediante una antología de sus textos más representativos. Colección de escritos selectos para la enseñanza.
Los editores deberán tener cuidado de utilizar imágenes que no estén autorizadas por la empresa para su uso. En caso de que existan imágenes que necesariamente deban usarse por referencia explícita en el texto, deberán aparecer con la leyenda "crestomatía", y su duración no deberá exceder los 20 segundos.

  •  reproducciones de itunes:

iTunes es actualmente la tienda digital de música más grande y exitosa del mundo, superando por mucho a Amazon y Walmart. Hasta este año iTunes funcionaba así: Si comprabas una canción, si luego se arruinaba tu disco duro o te robaban el computador no había manera de que recuperes tus canciones compradas. El comprar una canción te daba derecho a bajarla sólo una vez. Si la borrabas y la querías de nuevo, tenías que volver a pagar. Pero todo cambio en Junio 2011 coniCloud (La iNube).
A partir de ahora, si alguna vez en tu vida compraste una canción en iTunes (incluso las que compraste y borraste desde hace 4 años) la puedes volver a descargar cuantas veces quieras, en cuantos dispositivos tengas, sin ningún costo adicional. ¿Te robaron tu computador y no tenías respaldo? Puedes volver a descargar toda la música que habías comprado anteriormente, absolutamente gratis, sin importar si la compraste hace dos horas o siete años. Una librería con más de 2 mil canciones compradas en iTunes es más cara que la laptop que las contiene.
Y esto no sólo es con la música, lo mismo se aplica a las Apps (juegos), libros, y series compradas en iTunes Store (pronto lo mismo llegará para las películas).
Apple también anunció un servicio llamado iTunes Match que será lanzado en septiembre de este año y donde van a legalizar toda la música que tengas en tu computador al pagar una suscripción de $25 dólares al año. No importa si tienes 50 o 50.000 canciones. No importa si las bajaste de Internet o si las importaste desde un CD.

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