miércoles, 9 de octubre de 2013

GNU RPOJECT


GNU es un sistema operativo similar a Unix que es software libre y respeta su libertad.
El Proyecto GNU se inició en 1984 para desarrollar el sistema GNU. El nombre «GNU» (que significa «ñu» en inglés) es un acrónimo recursivo de «GNU's Not Unix» (¡GNU No es Unix!) y en español se pronuncia fonéticamente, como una sílaba sin vocal entre la g y la n.
Los sistemas operativos parecidos a Unix se construyen a partir de un conjunto de aplicaciones, bibliotecas y herramientas de programación, además de un programa para alojar recursos e interactuar con el hardware, denominado núcleo.
Dado de que Arch Linux es una distribución basada en GNU/Linux, muchas de sus herramientas básicas pertenecen al proyecto GNU. Este artículo le dará una descripción de los componentes principales, así como también de otras útiles aplicaciones.

El Sistema Base

Al final del proceso de instalación, un sistema Arch no es nada más que un núcleo Linux, las herramientas principales GNU y unas pocas herramientas de línea de comandos. La instalación mínima normalmente contiene el grupo base.

Núcleo

Mientras que Hurd, el núcleo GNU, está bajo activo desarrollo, no existe aún una versión oficial. Por esta razón Arch y la mayoría de otros sistemas basados en GNU, usan el núcleo Linux. El Proyecto Arch Hurd tiene como objetivo portar Arch Linux al núcleo Hurd.

Colección de Software

cargador de arranque (bootloader): GRUB es el cargador de arranque estándar para Arch Linux, el cual es ahora mantenido por GNU.
librería de C: glibc es "la librería la cual define las 'llamadas al sistema' y otras funciones básicas como open, malloc, printf, exit... "[1]
utilidades binarias: binutils provee una "colección de herramientas de programación para la manipulación de código objeto en varios formatos de archivo"[2].
shell: Bash, otra aplicación basada en GNU [3], es el shell por defecto.
utilidades esenciales: El paquete coreutils contiene "las utilidades básicas para manejo de archivos, shell y manipulación de texto"[4].
compresión: gzip y Tar manejan muchos paquetes para sistemas GNU/Linux. Por ejemplo, los paquetes del Repositorio de Usuarios de Arch vienen en formato Gzip tarballs.

Herramientas de Desarrollo

Aunque no es necesario, los usuarios tiene la opción de instalar el grupo base-devel en el cual se encuentran algunas herramientas de desarrollo. Este grupo es un requerimiento para construir paquetes del Repositorio de usuarios de Arch.
Dentro del grupo base-devel hay muchos miembros de GNU toolchain, los cuales son un "una serie de proyectos que contienen las herramientas de programación producidas por el proyecto GNU. Estos proyectos forman un sistema integrado que es usado para programar tanto aplicaciones como sistemas operativos.". Proyectos que son incluidos en el GNU toolchain:
compilación y construcción: mare
colección de compiladores: gcc
enlazador, ensamblador y otras herramientas: binutils
generador de analizadores sintácticos: bison
procesador de macros: m4
GNU Build System (también conocido como autotools):
configuración automática del código fuente: autoconf
creación automática de archivos Makefile: automake
librería de scripts de soporte: libtool

Otras Herramientas

Muchas otras herramientas opcionales GNU se encuentran disponibles en los repositorios oficiales:
widget toolkit: GTK+
ambiente de escritorio: GNOME
reproductor flash: gnash
hoja de cálculo: Gnumeric
editor de imágenes: GIMP
administrador de ventanas a pantalla completa: GNU Screen

viernes, 4 de octubre de 2013

SORTWARE LIBRE QUE ES Y PAEA QUE SIRVE:


La Definición de Software Libre

La definición de software libre estipula los criterios que se tienen que cumplir para que un programa sea considerado libre. De vez en cuando modificamos esta definición para clarificarla o para resolver problemas sobre cuestiones delicadas. Más abajo en esta página, en la sección Historial, se puede consultar la lista de modificaciones que afectan la definición de software libre.
«Software libre» significa que el software respeta la libertad de los usuarios y la comunidad. En términos generales, los usuarios tienen la libertad de copiar, distribuir, estudiar, modificar y mejorar el software. Con estas libertades, los usuarios (tanto individualmente como en forma colectiva) controlan el programa y lo que hace.
Cuando los usuarios no controlan el programa, el programa controla a los usuarios. El programador controla el programa y, a través del programa, controla a los usuarios. Un programa que no es libre, llamado «privativo», es por lo tanto un instrumento de poder injusto.
Por tanto, el «software libre» es una cuestión de libertad, no de precio. Para entender el concepto, piense en «libre» como en «libre expresión», no como en «barra libre».
Un programa es software libre si los usuarios tienen las cuatro libertades esenciales:
  • La libertad de ejecutar el programa para cualquier propósito (libertad 0).
  • La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y cambiarlo para que haga lo que usted quiera (libertad 1). El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.
  • La libertad de redistribuir copias para ayudar a su prójimo (libertad 2).
  • La libertad de distribuir copias de sus versiones modificadas a terceros (libertad 3). Esto le permite ofrecer a toda la comunidad la oportunidad de beneficiarse de las modificaciones. El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.
Un programa es software libre si los usuarios tienen todas esas libertades. Por tanto, usted debe ser libre de redistribuir copias, tanto con como sin modificaciones, ya sea gratuitamente o cobrando una tarifa por la distribución, a cualquiera en cualquier parte. El ser libre de hacer estas cosas significa, entre otras cosas, que no tiene que pedir ni pagar el permiso.
También debe tener la libertad de hacer modificaciones y usarlas en privado para su propio trabajo o pasatiempo, sin siquiera mencionar que existen. Si publica sus cambios, no debe estar obligado a notificarlo a nadie en particular, ni de ninguna manera en particular.
La libertad de ejecutar el programa significa que cualquier tipo de persona u organización es libre de usarlo en cualquier tipo de sistema de computación, para cualquier tipo de trabajo y finalidad, sin que exista obligación alguna de comunicarlo al programador ni a ninguna otra entidad específica. En esta libertad, lo que importa es el propósito de los usuarios, no el de los programadores. Usted como usuario es libre de ejecutar el programa para alcanzar sus propósitos, y si lo distribuye a otra persona, también esa persona será libre de ejecutarlo para lo que necesite; usted no tiene derecho a imponerle sus propios objetivos.
La libertad de redistribuir copias debe incluir las formas binarias o ejecutables del programa, así como el código fuente, tanto para las versiones modificadas como para las no lo estén. (Distribuir programas en forma de ejecutables es necesario para que los sistemas operativos libres se puedan instalar fácilmente). Resulta aceptable si no existe un modo de producir una formato binario o ejecutable para un programa específico, dado que algunos lenguajes no incorporan esa característica, pero debe tener la libertad de redistribuir dichos formatos si encontrara o programara una forma de hacerlo.
Para que la libertad 1 y 3 de realizar cambios y publicar las versiones modificadas tengan sentido, usted debe tener acceso al código fuente del programa. Por consiguiente, el acceso al código fuente es una condición necesaria para el software libre. El «código fuente» ofuscado no es código fuente real, y no cuenta como código fuente.
La libertad 1 incluye la libertad de usar su versión modificada en lugar de la original. Si el programa se entrega con un producto diseñado para ejecutar versiones modificadas de terceros, pero rechaza ejecutar las suyas, una práctica conocida como «tivoización» [«tivoization»] o «arranque seguro» [«lockdown»] (en la terminología perversa de los que la practican); la libertad 1 se convierte más en una ficción teórica que en una libertad práctica. Esto no es suficiente. En otras palabras, estos binarios no son software libre, incluso si se compilaron desde un código fuente que es libre.
Una manera importante de modificar el programa es agregándole subrutinas y módulos libres ya disponibles. Si la licencia del programa especifica que no se pueden añadir módulos que ya existen y que están bajo una licencia apropiada, por ejemplo si requiere que usted sea el titular de los derechos de autor del código que desea añadir, entonces se trata de una licencia demasiado restrictiva como para considerarla libre.
La libertad 3 incluye la libertad de publicar sus versiones modificadas como software libre. Una licencia libre también puede permitir otras formas de publicarlas; en otras palabras, no tiene que ser una licencia de copyleft. No obstante, una licencia que requiera que las versiones modificadas no sean libres, no se puede considerar libre.
Para que estas libertades sean reales, deben ser permanentes e irrevocables siempre que usted no cometa ningún error; si el programador del software tiene el poder de revocar la licencia, o de añadir restricciones a las condiciones de uso en forma retroactiva, sin que haya habido ninguna acción de parte del usuario que lo justifique, el software no es libre.
Sin embargo, ciertos tipos de reglas sobre la manera de distribuir software libre son aceptables, cuando no entran en conflicto con las libertades principales. Por ejemplo, el copyleft (definido muy resumidamente) es la regla en base a la cual, cuando redistribuye el programa, no puede agregar restricciones para denegar a los demás las libertades principales. Esta regla no entra en conflicto con las libertades principales, más bien las protege.
«Software libre» no significa que «no es comercial». Un programa libre debe estar disponible para el uso comercial, la programación comercial y la distribución comercial. La programación comercial de software libre ya no es inusual; tal software libre comercial es muy importante. Puede haber pagado dinero para obtener copias de software libre, o puede haber obtenido copias sin costo. Pero sin tener en cuenta cómo obtuvo sus copias, siempre tiene la libertad de copiar y modificar el software, incluso de vender copias.
Si una modificación constituye o no una mejora, es un asunto subjetivo. Si su derecho a modificar un programa se limita, básicamente, a modificaciones que alguna otra persona considera una mejora, el programa no es libre.
No obstante, eventuales reglas sobre cómo empaquetar una versión modificada son aceptables si no limitan substancialmente su libertad para publicar versiones modificadas, o su libertad para hacer y usar versiones modificadas en privado. Así, es aceptable que una licencia le obligue a cambiar el nombre de la version modificada, eliminar el logotipo o identificar sus modificaciones como suyas. Son aceptables siempre y cuando esas obligaciones no sean tan agobiantes que le dificulten la publicación de sus modificaciones. Como ya está realizando otras modificaciones al programa, no le supondrá un problema hacer algunas más.
Las normas del tipo «si pone a disposición su versión de este modo, también debe hacerlo de este otro modo» también pueden ser, bajo la misma condición, admisibles. Un ejemplo de una norma admisible sería alguna que requiera que, si usted ha distribuido una versión modificada y uno de los programadores anteriores le solicita una copia, usted deba enviársela (tenga en cuenta que tal norma le sigue permitiendo optar por distribuir o no distribuir su versión). Las normas que obligan a suministrar el código fuente a los usuarios de las versiones publicadas también son admisibles.
Un problema particular se presenta cuando la licencia requiere que a un programa se le cambie el nombre con el cual será invocado por otros programas. De hecho este requisito dificulta la publicación de la versión modificada para reemplazar al original cuando sea invocado por esos otros programas. Este tipo de requisitos es aceptable únicamente cuando exista un instrumento adecuado para la asignación de alias que permita especificar el nombre del programa original como un alias de la versión modificada.
En el proyecto GNU, usamos copyleft para proteger legalmente estas libertades para todos. Pero también existe software libre sin copyleft. Creemos que existen razones importantes por las que es mejor usar copyleft, pero si su programa es software libre sin copyleft, sigue siendo ético de todos modos. (Véase en categorías del software libre una descripción de la relación que existe entre «software libre», «software con copyleft» y otros tipos de software libre).
En algunos casos las regulaciones de control de exportación y las sanciones comerciales pueden limitar sus libertades de distribuir copias de programas a nivel internacional. Los desarrolladores de software no tienen el poder de eliminar o pasar por alto estas restricciones, pero lo que pueden y deben hacer es rechazar imponerlas como condiciones para el uso del programa. De este modo, las restricciones no afectarán las actividades ni a las personas fuera de las jurisdicciones de dichos gobiernos. Por tanto, las licencias de software libre no deben requerir la obediencia a ninguna regulación de exportaciones que no sea trivial como condición para ejercer cualquiera de las libertades esenciales.
La mera mención de la existencia de normas de exportación, sin ponerlas como condición de la licencia misma, es aceptable ya que esto no restringe a los usuarios. Si una norma de exportación es de hecho trivial para el software libre, ponerla como condición no constituye un problema real; sin embargo, es un problema potencial ya que un futuro cambio en la ley de exportación podría hacer que el requisito dejara de ser trivial y que el software dejara de ser libre.
La mayoría de las licencias de software libre están basadas en el copyright, y existen límites en los tipos de requisitos que se pueden imponer a través del copyright. Si una licencia basada en el copyright respeta la libertad en las formas antes mencionadas, es poco probable que surja otro tipo de problema que no hayamos anticipado (a pesar de que esto ocurre ocasionalmente). Sin embargo, algunas licencias de software libre están basadas en contratos, y los contratos pueden imponer un rango mucho más grande de restricciones. Esto significa que existen muchas maneras posibles de que tal licencia sea inaceptablemente restrictiva y que no sea libre.
Nos resulta imposible enumerar todas las formas en las que eso puede pasar. Si una licencia basada en un contrato restringe al usuario de un modo que no se puede hacer con las licencias basadas en el copyright, y que no está mencionado aquí como legítimo, tendremos que analizar el caso, y probablemente concluyamos que no es libre.
Cuando se habla de software libre, es mejor evitar usar términos como «regalar» o «gratuito», porque dichos términos implican que el asunto es el precio, no la libertad. Algunos términos comunes como «piratería» implican opiniones con las que esperamos no concuerde. Véase un análisis sobre el uso de esos términos en nuestro artículo palabras y frases confusas que vale la pena evitar.
Por último, tenga en cuenta que para interpretar criterios tales como los que se establecen en esta definición de software libre, se hace necesario un cuidadoso análisis. Para decidir si una licencia de software específica es una licencia de software libre, la evaluamos en base a estos criterios para determinar si concuerda tanto con el espíritu de los mismos como con la terminología precisa. Si una licencia incluye restricciones inaceptables, la rechazamos, aún cuando no hubiéramos anticipado el problema en estos criterios. Algunas veces, los requisitos de una licencia revelan una cuestión que hace necesaria una reflexión más profunda, incluyendo la discusión con un abogado, antes de que podamos decidir si el requisito es aceptable. Cuando llegamos a una conclusión sobre una nueva cuestión, solemos actualizar estos criterios para que resulte más fácil ver por qué una cierta licencia puede o no ser calificada como libre.
Si está interesado en saber si una licencia específica está calificada como licencia de software libre, consulte nuestra lista de licencias. Si la licencia que busca no está en la lista, puede consultarnos enviándonos un correo electrónico a <licensing@gnu.org>.
Si está considerando escribir una nueva licencia, por favor contacte a la FSF escribiendo a esa dirección. La proliferación de distintas licencias de software libre significa mayor esfuerzo por parte de los usuarios para entenderlas; podemos ayudarle a encontrar una licencia de software libre que ya exista y que satisfaga sus necesidades.
Si eso no fuera posible, si realmente necesita una nueva licencia, con nuestra ayuda puede asegurarse que la licencia sea realmente una licencia de software libre y evitar varios problemas en la práctica.

Más allá del software

Los manuales de software deben ser libres por las mismas razones que el software debe ser libre, y porque de hecho los manuales son parte del software.
También tiene sentido aplicar los mismos argumentos a otros tipos de obras de uso práctico; es decir, obras que incorporen conocimiento útil, tal como publicaciones educativas y de referencia. La Wikipedia es el ejemplo más conocido.
Cualquier tipo de obra puede ser libre, y la definición de software libre se ha extendido a una definición de obras culturales libres aplicable a cualquier tipo de publicación.

¿Código abierto?

Otro grupo ha comenzado a usar el término «código abierto» (del inglés «open source») que significa algo parecido (pero no idéntico) a «software libre». Preferimos el término «software libre» porque una vez que ya se sabe que se refiere a la libertad y no al precio, evoca la idea de libertad. La palabra «abierto» nunca se refiere a la libertad.

Historial

De vez en cuando modificamos esta definición de software libre. Esta es la lista de los cambios más significativos, con enlaces a páginas que muestran exactamente lo que se ha modificado.
  • Version 1.122: Un requisito de control de las exportaciones constituye un problema real si dicho requisito no es trivial; En caso contrario se trata únicamente de un problema potencial.
  • Version 1.111: Clarificación de la versión 1.77; se especifica que únicamente las restricciones retroactivas son inaceptables. Los titulares del copyright siempre pueden conceder permisos adicionales para utilizar la obra publicándola paralelamente con una modalidad diferente.
  • Versión 1.105: Modificación del breve comentario sobre la libertad 1 (que ya se había introducido en la versión 1.80) para expresar que dicha libertad significa que el usuario puede usar una versión modificada por él mismo para realizar sus tareas de computación.
  • Version 1.92: Aclarar que el código fuente ofuscado no se puede considerar código fuente.
  • Version 1.90: Aclarar que la libertad 3 significa el derecho a distribuir copias de sus propias versiones modificadas o mejoradas. No el derecho de participar en el proyecto de otro.
  • Version 1.89: La libertad 3 incluye el derecho a publicar versiones modificadas como software libre.
  • Versión 1.80: La primera libertad debe ser práctica, no sólo teórica. Por ejemplo, nada de tivoización.
  • Versión 1.77: Aclarar que todos los cambios retroactivos a la licencia son inaceptables, aún cuando no representan un reemplazo completo.
  • Versión 1.74: Cuatro aclaraciones sobre puntos no del todo explícitos, o que se expresan en algunos casos pero no en todos están definidos:
    • «Mejoras» no significa que la licencia puede limitar sustancialmente el tipo de versiones modificadas que usted puede publicar. La libertad 3 incluye la distribución de versiones modificadas, no sólo de los cambios.
    • El derecho a fusionar módulos existentes se refiere a aquellos que estén debidamente licenciados.
    • Expresar de manera explícita la conclusión del punto sobre los controles de exportación.
    • Imponer un cambio de licencia constituye una revocación de la antigua licencia.
  • Versión 1.57: Agregada la sección «Más allá del software».
  • Versión 1.46: Aclarar de quién es el propósito que importa en la libertad para ejecutar el programa para cualquier propósito.
  • Versión 1.41: Expresar más claramente el punto sobre licencias basadas en contratos.
  • Versión 1.40: Explicar que una licencia libre debe permitirle usar otro software libre disponible para hacer sus modificaciones.
  • Versión 1.39: Aclarar que es aceptable que una licencia requiera la provisión del código fuente para las versiones del software que se pongan a disposición del público.
  • Versión 1.31: Es aceptable para una licencia requerirle que se identifique como el autor de las modificaciones. Otras clarificaciones menores en el texto.
  • Versión 1.23: Mencionar posibles problemas con las licencias basadas en contratos.
  • Versión 1.16: Explicar por qué la distribución de los binarios es importante.
  • Versión 1.11: Una licencia libre puede requerirle que envíe una copia de las versiones modificadas al autor.
Hay brechas entre los números de versión mencionados anteriormente porque existen otros cambios que se han realizado en esta página pero que no atañen a la definición misma. La lista completa de los cambios aportados a esta página puede consultarse mediante la interfaz cvsweb.

viernes, 27 de septiembre de 2013

TAREA PARTES BASICAS DE LA MAC


El 24 de enero de 1984, Apple Computer Inc. (ahora Apple Inc.) introdujo la computadora personal Macintosh, con el modelo Macintosh 128K, el cual incluía el sistema operativo Mac OS, conocido en esa época como System Software (software de sistema).
A la Macintosh a menudo se le atribuye la popularización de las interfaces gráficas de usuario. Mac OS ha sido pre-instalado en casi todos los computadores Macintosh vendidos. El sistema operativo también se vendía en forma separada en las tiendas de Apple y en línea. El Mac OS original estaba basado parcialmente en el Lisa OS, previamente comercializado por Apple para la computadora Lisa en 1983 y, como parte de un acuerdo que permitía a Xerox comprar acciones de Apple a un precio favorable, también usaba conceptos del Xerox PARC Xerox Alto, el cual Steve Jobs y otros miembros del equipo Macintosh habían visto.
System Software 5 (también conocido simplemente como System 5) agregó MultiFinder, una extensión que permitía al sistema correr varios programas al mismo tiempo. El sistema usaba el modelo demultitarea cooperativa, en el sentido de que daba tiempo a las aplicaciones en segundo plano sólo cuando la aplicación que se ejecuta daba el control. Un cambio inteligente en las funciones del sistema fue que las aplicaciones que eran llamadas para atender eventos hacían que las aplicaciones existentes compartieran el tiempo automáticamente. Los usuarios podían optar por no usar el MultiFinder, y por lo tanto fijarlo con una sola aplicación por vez, como era en las versiones anteriores del system software.
System Software 5 fue el primer sistema operativo de Macintosh en tener número de versión unificada del "Macintosh System Software", al contrario que los número usados para el System y el Finder.
System Software 5 estuvo disponible por corto tiempo y sólo en algunos países, entre ellos Estados Unidos, Europa y Canadá.
System Software 6 (también conocido simplemente como System 600) fue una versión consolidada del Mac OS, produciendo un sistema operativo completo, estable y de larga duración. Las dos mayores introducciones en el hardware requirieron soporte adicional en System 6, donde el procesador Motorola 68030 y el SuperDrive de 1,44 MB debutaron con el Macintosh IIx y el Macintosh SE/30. Más tarde incluyó soporte para las características de la primera laptop especializada, con la introducción de la Macintosh Portable. A partir del System 6, el Finder tendría un número de versión unificado, casi coincidiendo con el del System, aliviando mucha de la confusión causada por las considerables diferencias entre los System anteriores.

jueves, 19 de septiembre de 2013

DERECHOS DE AUTOR. CRESTOMATIA, REPRODUCCIONES DE ITUNES:


TIPOS DE DERECHOS DE AUTOR
La Ley clasifica el contenido del Derecho de Autor en dos clases de derechos, los patrimoniales o de explotación, y los morales, acerca de los cuales define lo siguiente:


Derechos morales
Son derechos no económicos, personales, sobre el recurso:

• Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si publica (divulga) su obra (recurso) o no, y en qué forma lo hará.

• Derecho de Paternidad: Derecho de exigir la paternidad, reconocimiento como autor del recurso.

• Derecho de Revelación y Ocultación: El autor puede decidir divulgar una obra con su nombre, con un seudónimo (nick) o signo, o de forma anónima. Esto no quiere decir que renuncie a la autoría de la obra.

• Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor. En un entorno como la Web, este derecho cobra especial importancia, debido a la facilidad con la que se pueden manipular y deformar los recursos electrónicos.

• Derecho de Arrepentimiento y Modificación: Derecho del autor de retirar la obra del Medio, o modificarla. 

Derechos Patrimoniales.
Los Derechos Patrimoniales o de Explotación representan el derecho del autor de beneficiarse económicamente de su producción intelectual:

• Derecho de Reproducción: El autor puede obtener beneficio económico de las reproducciones o copias que se realicen de su obra o recurso. Reproducir o copiar un recurso sin consentimiento del autor es ilegal.

•  Derecho de Distribución: Puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo, o de cualquier otra forma.

• Derecho de Comunicación Pública: La comunicación pública es todo un acto por el que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. La discusión en este sentido sería, ¿puede considerarse la publicación web como Comunicación Pública?

• Derecho de Transformación: Derecho del autor para autorizar y obtener una remuneración por las transformaciones que se hagan sobre la obra, como por ejemplo las traducciones.

  •  procesos:

 son distintos a los legales, las empresas acostumbran probar los productos y servicios que han diseñado y ponderar el efecto positivo en la venta antes que pensar en registrar su marca y solo si lo ofrecido ha tenido éxito es que consideran el registro de su marca, el problema surge de la discrepancia entre la necesidad del comerciante y lo estipulado por la Ley, originando así sanciones por infracciones por uso de marcas con grado de confusión y en el peor de los casos de marcas idénticas ya registradas, en cuyo caso no solo serán acreedores a una sanción económica, sino hasta la pérdida de sus inversiones iniciales. El tema no es exclusivo de empresas pequeñas y medianas, también las empresas extranjeras sufren del mismo padecimiento aunque en diferentes proporciones, cuando se filtra la noticia de que una corporación famosa lanzará un nuevo producto la expectación en sus consumidores se transforma en una noticia viral al grado de llegar a los “especuladores de marcas” que no son otra cosa más que mercantilistas de signos distintivos que aprovechan el factor de la anticipación para obtener el registro de la marca, estas iniciativas generalmente provienen de comerciantes asesorados por estudiantes de derecho, se lee sencillo, sin embargo para la legislación mexicana que no conoce de especuladores comerciales tendrá la misma validez si la marca proviene de una corporación con renombre a que si proviene de mercantilistas, en este sentido será un reto obtener la nulidad del registro de la marca del solicitante que se anticipó.

  • La crestomatía 



es el género literario que consiste en una selección de los mejores fragmentos de una obra literaria, autor, autores, una época, un género literario o una literatura, a fin de darse una idea cabal del mérito y valor de estos. Esta denominación fue dada por primera vez por Helladius en el siglo IV a un conjunto de trozos literarios griegos muy selectos, y en el siglo siguiente, por Procopio de Cesarea. Desde el siglo XVI se multiplicaron las crestomatías, pero con un uso más didáctico, porque eran destinadas en especial a los estudiantes que necesitaban ejercitarse en la traducción de una lengua mediante una antología de sus textos más representativos. Colección de escritos selectos para la enseñanza.
Los editores deberán tener cuidado de utilizar imágenes que no estén autorizadas por la empresa para su uso. En caso de que existan imágenes que necesariamente deban usarse por referencia explícita en el texto, deberán aparecer con la leyenda "crestomatía", y su duración no deberá exceder los 20 segundos.

  •  reproducciones de itunes:

iTunes es actualmente la tienda digital de música más grande y exitosa del mundo, superando por mucho a Amazon y Walmart. Hasta este año iTunes funcionaba así: Si comprabas una canción, si luego se arruinaba tu disco duro o te robaban el computador no había manera de que recuperes tus canciones compradas. El comprar una canción te daba derecho a bajarla sólo una vez. Si la borrabas y la querías de nuevo, tenías que volver a pagar. Pero todo cambio en Junio 2011 coniCloud (La iNube).
A partir de ahora, si alguna vez en tu vida compraste una canción en iTunes (incluso las que compraste y borraste desde hace 4 años) la puedes volver a descargar cuantas veces quieras, en cuantos dispositivos tengas, sin ningún costo adicional. ¿Te robaron tu computador y no tenías respaldo? Puedes volver a descargar toda la música que habías comprado anteriormente, absolutamente gratis, sin importar si la compraste hace dos horas o siete años. Una librería con más de 2 mil canciones compradas en iTunes es más cara que la laptop que las contiene.
Y esto no sólo es con la música, lo mismo se aplica a las Apps (juegos), libros, y series compradas en iTunes Store (pronto lo mismo llegará para las películas).
Apple también anunció un servicio llamado iTunes Match que será lanzado en septiembre de este año y donde van a legalizar toda la música que tengas en tu computador al pagar una suscripción de $25 dólares al año. No importa si tienes 50 o 50.000 canciones. No importa si las bajaste de Internet o si las importaste desde un CD.

viernes, 6 de septiembre de 2013

CARACTERISTICAS DE IPAD´S

iPad miniiPad 2iPad con pantalla Retina

Capacidad y precio1

Wi-Fi

16 GB
$5,199
32 GB
$6,699
64 GB
$8,199

Wi-Fi + Cellular

16 GB
$7,200
32 GB
$8,699
64 GB
$10,199

Wi-Fi

16 GB
$6,099

Wi-Fi + 3G

16 GB
$8,099

Wi-Fi

16 GB
$7,599
32 GB
$9,098
64 GB
$10,599
128 GB
$12,099

Wi-Fi + Cellular

16 GB
$9,599
32 GB
$11,099
64 GB
$12,599
128 GB
$14,099
Comprar el iPad con pantalla Retina ahora

Dimensiones y peso

Alto:
200 mm (7.87 pulgadas)
Ancho:
134.7 mm (5.3 pulgadas)
Profundidad:
7.2 mm (0.28 pulgadas)
Peso (Wi-Fi):
308 g (0.68 libras)
Peso (Wi-Fi + Cellular):
312 g (0.69 libras)
Alto:
241.2 mm (9.50 pulgadas)
Ancho:
185.7 mm (7.31 pulgadas)
Profundidad:
8.8 mm (0.34 pulgadas)
Peso (Wi-Fi):
601 g (1.33 libras)
Peso (Wi-Fi + 3G):
613 g (1.35 libras)
Alto:
241.2 mm (9.50 pulgadas)
Ancho:
185.7 mm (7.31 pulgadas)
Profundidad:
9.4 mm (0.37 pulgadas)
Peso (Wi-Fi):
652 g (1.44 libras)
Peso (Wi-Fi + Cellular):
662 g (1.46 libras)

Pantalla

  • -
  • Pantalla Multi-Touch retroiluminada por LED de 7.9 pulgadas (diagonal) con tecnología IPS
  • Resolución de 1024 x 768 pixeles a 163 pixeles por pulgada (ppi)
  • Revestimiento oleofóbico resistente a marcas dactilares
  • -
  • Pantalla Multi-Touch retroiluminada por LED de 9.7 pulgadas (diagonal) con tecnología IPS
  • Resolución de 1024 x 768 pixeles a 132 pixeles por pulgada (ppi)
  • Revestimiento oleofóbico resistente a marcas dactilares
  • Pantalla Retina
  • Pantalla Multi-Touch retroiluminada por LED de 9.7 pulgadas (diagonal) con tecnología IPS
  • Resolución de 2048 x 1536 pixeles a 264 pixeles por pulgada (ppi)
  • Revestimiento oleofóbico resistente a marcas dactilares

Chip

Dual core A5
Dual core A5
Dual core A6X
con gráficos quad core

Cámaras

Cámara FaceTime HD

  • Fotos de 1.2 MP
  • Videos en HD de 720p
  • Videollamadas FaceTime a través de red Wi-Fi o celular3
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior

Cámara iSight

  • Fotos de 5 MP
  • Autoenfoque
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior
  • Lente de cinco elementos
  • Filtro híbrido IR
  • Apertura ƒ/2.4

Cámara FaceTime

  • Fotos de resolución VGA
  • Video de resolución VGA
  • Videollamadas FaceTime a través de Wi-Fi3

Cámara posterior

  • Fotos de 960 por 720
  • Autoenfoque

Cámara FaceTime HD

  • Fotos de 1.2 MP
  • Videos en HD de 720p
  • Videollamadas FaceTime a través de red Wi-Fi o celular3
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior

Cámara iSight

  • Fotos de 5 MP
  • Autoenfoque
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior
  • Lente de cinco elementos
  • Filtro híbrido IR
  • Apertura ƒ/2.4

Grabación de videos

Grabación de videos en HD de 1080p

  • Toque para enfocar mientras graba videos
  • Estabilización de video
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior

Grabación de videos en HD de 720p

  • Toque para enfocar mientras graba videos

Grabación de videos en HD de 1080p

  • Toque para enfocar mientras graba videos
  • Estabilización de video
  • Detección de caras
  • Iluminación posterior

Tecnología celular y wireless

Wi-Fi

Wi-Fi (802.11a/b/g/n; 802.11n en 2.4 GHz y 5 GHz)
Tecnología Bluetooth 4.0

Wi-Fi

Wi-Fi (802.11a/b/g/n; 802.11n en 2.4 GHz y 5 GHz)
Tecnología Bluetooth 2.1 + EDR

Wi-Fi

Wi-Fi (802.11a/b/g/n; 802.11n en 2.4 GHz y 5 GHz)
Tecnología Bluetooth 4.0

Tarjeta SIM

  • Nano-SIM
  • iPad mini no es compatible con tarjetas micro-SIM.
  • Micro-SIM
  • Micro-SIM

Conector

Lightning
30 pin
Lightning

Duración de la batería6

  • Hasta 10 horas de navegación por Internet sobre Wi-Fi, visualización de videos, o escuchar música
  • Hasta 9 horas de navegación web, usando red de datos celulares
  • Carga a través del adaptador de corriente o de USB al sistema de la computadora
  • Hasta 10 horas de navegación por Internet sobre Wi-Fi, visualización de videos, o escuchar música
  • Hasta 9 horas de navegación web, usando red de datos celulares
  • Carga a través del adaptador de corriente o de USB al sistema de la computadora
  • Hasta 10 horas de navegación por Internet sobre Wi-Fi, visualización de videos, o escuchar música
  • Hasta 9 horas de navegación web, usando red de datos celulares
  • Carga a través del adaptador de corriente o de USB al sistema de la computadora

Asistente integrado7

  • Siri

    Usa tu voz para enviar mensajes, configurar recordatorios, y mucho más.
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  • Siri

    Usa tu voz para enviar mensajes, configurar recordatorios, y mucho más.